Pasto – Nariño – Colombia

Calle 13 No. 30A - 27 barrio San Ignacio

Teléfonos:

Fijo: +57 2-7215966
Móvil: 3108498926

FUNDEPAZ BRINDA ACOMPAÑAMIENTO AL COMITÉ MUNICICIPAL DE SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY 1257 DE 2008

Share on facebook
Share on whatsapp
Share on twitter

Al igual que años pasados, durante el año 2018 la violencia de género tuvo un incremento sostenido. En el año 2018 la violencia de género en Nariño se incrementó por segundo año consecutivo en un 7,6% al pasar de 3.133 casos en el año 2017 a 3.371 casos en 2018 de acuerdo con datos del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública –SIVIGILA que coordina el Instituto Departamental de Salud de Nariño, IDSN. 

Estas cifras significan que durante el año 2018 en el departamento de Nariño 9 mujeres al día o, en otras palabras, 1 mujer cada 3 horas fue víctima de violencia de género en cualquiera de sus manifestaciones. Pasto con 1.283 casos fue el municipio de Nariño con el mayor número de casos de violencia de género, concentrando más de la tercera parte (38,1%) del total de casos durante el año 2018. Por su parte Sandoná y Puerres fueron los municipios nariñenses con el mayor porcentaje de incremento en los casos de violencia del género durante el año 2018 con el 210,5% y el 83,3%, respectivamente.

Diez municipios con mayor número de casos de violencia de género

Nariño 2017-2018

Municipio 2017 2018 Cambio Participación
Pasto 1.119 1.283 14,7% 38,1%
Tumaco 585 324 -44,6% 9,6%
Ipiales 355 383 7,9% 11,4%
Barbacoas 112 104 -7,1% 3,1%
Túquerres 72 124 72,2% 3,7%
La Unión 36 44 22,2% 1,3%
Ricaurte 35 44 25,7% 1,3%
Sandoná 19 59 210,5% 1,8%
Puerres 24 44 83,3% 1,3%
Leiva 28 41 46,4% 1,2%
Resto 748 921 23,1% 27,3%
Total 3.133 3.371 7,6% 100,0%

Fuente: Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública –SIVIGILA/IDSN.

Procesado FUNDEPAZ

Al analizar los datos de acuerdo al tipo de violencia de género, se observa que más de la mitad (54,0%) de esta corresponde a violencia física, seguida de la violencia sexual con el 34,3%, la cual prácticamente es la tercera parte de todas las tipologías de violencia de género. 

En el capítulo VIII de la Ley 1257 de 2008, relacionado con las disposiciones finales, se establece en el artículo 35 que: “la Consejería para la Equidad de la Mujer en coordinación con la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo creará el comité de seguimiento a la implementación y cumplimiento de esta ley que deberá contar con la participación de organizaciones de mujeres. La Consejería presentará un informe anual al Congreso de la República sobre la situación de violencia contra las mujeres, sus manifestaciones, magnitud, avances y retrocesos, consecuencias e impacto.”

Es en este contexto de elevadas cifras de violencias de género en el municipio de Pasto que la Alcaldía decide crear el Comité de Seguimiento al Cumplimiento de la Ley 1257 de 2008 y sus decretos reglamentarios a través del Decreto 0559 del 20 de agosto de 2015. De acuerdo al artículo 2 de este Decreto, entre las funciones del Comité están las de vigilar los avances en la implementación y cumplimiento de la Ley 1257 de 2008 y sus decretos reglamentarios en el respectivo municipio y recomendar los correctivos necesarios según correspondan.

El Comité se posesionó el 9 de septiembre de 2015 con 15 personas en representación de diferentes sectores y organizaciones de mujeres, entre ellas Fundepaz, en lo que constituyó la primera reunión del Comité. Desde entonces el Comité se ha se ha venido reuniendo todos los años con el fin de llevar a cabo acciones de seguimiento, entre ellas la elaboración de un informe anual de seguimiento con el acompañamiento técnico de Fundepaz.

En el marco de este proceso se han podido identificar varias falencias en las instituciones con competencias en prevenir, atender y sancionar las violencias de género entre las que merecen destacarse las siguientes: i) Dificultades a nivel presupuestal y de contratación (Falta de equipos y medios técnicos, rotación del personal, etc.) que entorpecen la operatividad en la prevención y atención de instituciones como las Comisarías de Familia y la Dirección Regional del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. ii) Falta de articulación al Comité de entidades como el Ministerio de Trabajo y Secretaría Municipal de Educación que permita hacer seguimiento a la Ley y en especial a los Decretos 4463 y 4798.  iii) Falta de formación de las y los integrantes de la Policía Nacional en el nivel operativo sobre la Ley 1257, sus decretos reglamentarios y la ruta de atención. iv) Insuficiencia de inspectores de trabajo capacitados para abordar adecuadamente la atención de mujeres que solicitan orientación o que han sido víctimas de acoso laboral y acoso sexual laboral en el marco de la ley 1257 de 2008[1].


[1] ALCALDÍA DE PASTO. Secretaria de las Mujeres, Orientaciones Sexuales e Identidades de Género. Alcaldía de Pasto.  Informe de seguimiento año 2017-2018. p.34